Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.
BOE-A-2001-6699 · Boletín Oficial del Estado, 2001-04-05 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 348/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 348/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-04-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 82, 2001-04-05
- Entrada en vigor
- 2001-04-06
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-6699
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La conservación de alimentos por irradiación alcanzó el umbral de industrialización en varios países desarrollados en la década de los años sesenta. Esta nueva actividad, con evidentes repercusiones tanto en el sector puramente agrícola como en la vertiente de la mejora de los abastecimientos, motivó una cierta acción inicial de la Administración, previniendo el cauce legal para la autorización, tanto en sus aspectos industriales como de seguridad y sanitarios, de las instalaciones radiactivas y de los alimentos susceptibles de tal tratamiento. Así el Decreto 2725/1966, de 6 de octubre, regulaba el trámite de aprobación de la conservación por irradiación de alimentos destinados al consumo humano, que deberían ser autorizados, previo informe favorable del Comité Consultivo, y el Decreto 2728/1966, de 13 de octubre, creaba la Comisión Asesora de Conservación de Alimentos por Irradiación.…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Requisitos para la autorización de instalaciones.
- Artículo 4. Condiciones de autorización de tratamiento de productos alimenticios con radiaciones ionizantes.
- Artículo 5. Procedimiento de solicitud de inclusión de un producto alimenticio en el anexo IV.
- Artículo 6. Envasado y etiquetado.
- Artículo 7. Seguimiento y control.
- Artículo 8. Productos procedentes de países terceros.
- Artículo 9. Prohibiciones.
- Artículo 10. Responsabilidades.
- Artículo 11. Obligaciones.
- Artículo 12. Salvaguardia.
- Artículo 13. Autoridades responsables y competencias.
- Artículo 14. Infracciones y sanciones.
- Disposición derogatoria única. Disposiciones que se derogan.
- Disposición adicional primera (sic). Título competencial.
- Disposición final segunda. Actualización técnica.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | el art. 7, por Real Decreto 863/2025, de 30 de septiembre |
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | el Real Decreto 2725/1966, de 6 de octubre |
| De conformidad con | Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad |
| Transpone | Directiva 99/2/CE, de 22 de febrero |
| Transpone | Directiva 99/3/CE, de 22 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 348/2001?
- Real Decreto 348/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 348/2001?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 348/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.