Real Decreto 1384/2011, de 14 de octubre, por el que se desarrolla el artículo 1 del Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, aprobado por la Ley 26/1992, de 10 de noviembre.
BOE-A-2011-16594 · Boletín Oficial del Estado, 2011-10-22 · Ministerio de Justicia
Real Decreto 1384/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula el desarrollo del artículo 1 del Acuerdo de Cooperación entre el Estado y la Comisión Islámica de España, con el objetivo de garantizar los derechos de libertad e igualdad religiosa de las comunidades musulmanas en España. Aplica a las comunidades y federaciones islámicas que estén inscritas en el Registro de Entidades Religiosas y que deseen incorporarse a la Comisión Islámica de España, desde su entrada en vigor el 15 de octubre de 2011.
Los puntos clave de esta norma son: 1) Las comunidades islámicas pueden solicitar su incorporación a la Comisión Islámica de España, manifestando su aceptación del Acuerdo de Cooperación. 2) El Registro de Entidades Religiosas debe notificar la solicitud a la Comisión Islámica, que tiene 10 días para manifestar su conformidad o presentar oposición motivada. 3) El Registro emitirá una resolución en un plazo máximo de 30 días, permitiendo la integración si se cumplen los requisitos y no hay oposición. 4) Si la solicitud es denegada, se puede interponer un recurso de alzada.
Esta norma no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1384/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-10-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 255, 2011-10-22
- Entrada en vigor
- 2011-10-23
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 3
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-16594
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Constitución Española (CE) reconoce el derecho fundamental a la libertad religiosa de los individuos y de las comunidades sin más limitación en sus manifestaciones que el mantenimiento del orden público protegido por la ley, y establece la obligación de los poderes públicos de cooperar con las confesiones religiosas (artículo 16.3), por tanto, de promover las condiciones que permitan que la libertad e igualdad de los individuos y los grupos en que se integra sean reales y efectivas, en consonancia con lo también dispuesto en el artículo 9.2 CE.
Índice del articulado
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1384/2011?
- Real Decreto 1384/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1384/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.