Orden SSI/1356/2015, de 2 de julio, por la que se modifican los anexos II, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, y se regulan los estudios de monitorización de técnicas, tecnologías y procedimientos.
BOE-A-2015-7629 · Boletín Oficial del Estado, 2015-07-08 · Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Orden SSI/1356/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden SSI/1356/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-07-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 162, 2015-07-08
- Entrada en vigor
- 2015-07-09
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-7629
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, establece en sus anexos el contenido de cada una de las carteras de servicios, en desarrollo de lo regulado en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
El artículo 6 de dicho real decreto establece que por orden del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, podrá concretarse y detallarse el contenido de los diferentes apartados de la cartera de servicios comunes recogidos en sus anexos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Modificación del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimient…
- Artículo 3. Concepto, finalidad y características de los estudios de monitorización de técnicas, tecnologías y procedimientos.
- Artículo 4. Sometimiento de una técnica, tecnología o procedimiento a estudio de monitorización.
- Artículo 5. Protocolo del estudio de monitorización.
- Artículo 6. Realización de los estudios de monitorización.
- Artículo 7. Finalización de los estudios de monitorización.
- Artículo 8. Participación de las empresas comercializadoras.
- Disposición adicional primera. Requisitos técnicos específicos de los estudios de monitorización.
- Disposición adicional segunda. Aspectos generales complementarios de los estudios de monitorización.
- Disposición adicional tercera. Adaptación de las carteras de servicios.
- Disposición adicional cuarta. No incremento del gasto público.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | con la disposición adicional 1, y establece los requisitos específicos de los estudios de monitoriación: Resolución de 3 de septiembre de 2015 |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden SSI/1356/2015?
- Orden SSI/1356/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden SSI/1356/2015?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden SSI/1356/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.