Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
BOE-A-2020-8099 · Boletín Oficial del Estado, 2020-07-18 · Ministerio del Interior
Orden INT/657/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
Datos clave
- Rango
- Orden INT/657/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-07-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 196, 2020-07-18
- Entrada en vigor
- 2020-07-22
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigencia agotada
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 4
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-8099
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El 30 de junio se adoptó la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea y el posible levantamiento de dicha restricción, que establecía un listado de terceros países cuyos residentes quedaban exentos de las restricciones de viaje a la Unión Europea imperantes hasta entonces, así como una serie de nuevas categorías de personas exentas también de esas restricciones, independientemente de su lugar de procedencia. Para su aplicación en España se aprobó la Orden INT/595/2020, de 2 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (42)
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden INT/657/2020?
- Orden INT/657/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden INT/657/2020?
- El BOE registra 42 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden INT/657/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.