Orden HFP/862/2021, de 29 de julio, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
BOE-A-2021-13680 · Boletín Oficial del Estado, 2021-08-10 · Ministerio de Hacienda y Función Pública
Orden HFP/862/2021 está derogada desde el 2025-08-01: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden HFP/862/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-07-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 190, 2021-08-10
- Entrada en vigor
- 2021-08-11
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2025-08-01
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-13680
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, creó las Comisiones Ministeriales de Administración Digital como órganos colegiados, «encargados de impulsar la transformación digital de la Administración de acuerdo a una Estrategia común en el ámbito de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones». De esta forma, se modificó el papel de las anteriores Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica creadas por Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la administración electrónica y en cuyo cumplimiento se dictó, tras la reestructuración de los Departamentos ministeriales llevada a cabo por el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, la…
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza y ámbito de actuación.
- Artículo 2. Funciones.
- Artículo 3. Adscripción, organización y composición.
- Artículo 4. Comisión Permanente.
- Artículo 5. Composición y funcionamiento de la Comisión Permanente.
- Artículo 6. Ponencias técnicas.
- Artículo 7. Grupos de trabajo.
- Artículo 8. Relaciones con los órganos y organismos públicos.
- Disposición adicional primera. Modificación de referencias.
- Disposición adicional segunda. Ámbito de aplicación.
- Disposición adicional tercera. Normativa aplicable.
- Disposición adicional cuarta. Ausencia de incremento de gasto.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Instrucciones de funcionamiento.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden HFP/862/2021?
- Orden HFP/862/2021 está derogada desde el 2025-08-01: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden HFP/862/2021?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden HFP/862/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.