Orden ECC/2741/2012, de 20 de diciembre, de desarrollo metodológico de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera sobre el cálculo de las previsiones tendenciales de ingresos y gastos y de la tasa de referencia de la economía española.
BOE-A-2012-15499 · Boletín Oficial del Estado, 2012-12-24 · Ministerio de Economía y Competitividad
Orden ECC/2741/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Orden ECC/2741/2012 regula el desarrollo metodológico de la Ley Orgánica 2/2012 sobre Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, centrándose en el cálculo de previsiones de ingresos y gastos y la tasa de referencia de la economía española. Esta norma aplica a todas las Administraciones Públicas, incluyendo Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, desde su publicación en el BOE el 21 de diciembre de 2012.
Entre los puntos clave, establece la obligación de calcular el saldo estructural y cíclico de cada Administración, utilizando una metodología que se basa en las directrices de la Comisión Europea. También se requiere que el Ministerio de Economía y Competitividad elabore anualmente un informe sobre la situación económica, que incluirá la tasa de referencia de crecimiento del PIB, limitando así el crecimiento del gasto público. Además, se deben actualizar las sensibilidades cíclicas de ingresos y gastos conforme a las modificaciones que realice la Unión Europea. Por último, la norma también se aplica a la Comunidad Foral de Navarra y a la Comunidad Autónoma del País Vasco, permitiendo la posibilidad de acordar especialidades en sus respectivos regímenes forales. Esta orden no está derogada.
Datos clave
- Rango
- Orden ECC/2741/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-12-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 308, 2012-12-24
- Entrada en vigor
- 2012-12-25
- Departamento
- Ministerio de Economía y Competitividad
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 5
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-15499
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La nueva redacción dada al artículo 135 de la Constitución Española, tras la reforma constitucional de 27 de septiembre de 2011 introdujo la utilización del concepto de déficit estructural y la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Índice del articulado
- Artículo 1. Aprobación de las metodologías.
- Artículo 2. Revisión de las sensibilidades cíclicas.
- Artículo 3. Cálculo de las tasas de referencia del crecimiento del PIB de medio plazo de la economía española y de su deflactor.
- Disposición adicional única. Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se sustituye | el anexo II, por Orden ECC/1556/2016, de 28 de septiembre |
| Se modifica | el art. 2 y SE SUSTITUYE el anexo II, por Orden ECC/493/2014, de 27 de marzo |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ECC/2741/2012?
- Orden ECC/2741/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden ECC/2741/2012?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ECC/2741/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.