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Orden de 19 de junio de 1997 por la que se regulan las operaciones de segregación de principal y cupones de los valores de Deuda del Estado y su reconstitución y se autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a formalizar préstamos singulares con instituciones financieras.

BOE-A-1997-13383 · Boletín Oficial del Estado, 1997-06-20 · Ministerio de Economía y Hacienda

BOE-A-1997-13383 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

Esta norma regula las operaciones de segregación y reconstitución de los valores de Deuda del Estado, así como la autorización a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera para formalizar préstamos singulares con instituciones financieras. Aplica a entidades gestoras y a cualquier persona física o jurídica que sea titular de Bonos segregables, desde su entrada en vigor el 19 de junio de 1997.

Entre los puntos clave, se establece que solo se podrán realizar operaciones de segregación y reconstitución sobre Bonos que hayan sido autorizados por la Dirección General del Tesoro. Las entidades autorizadas son las únicas que pueden cursar estas operaciones en la Central de Anotaciones, y se requiere un importe nominal mínimo para realizar transacciones. Además, se especifica que los pagos realizados a los titulares de cupones y principales segregados tienen el mismo efecto liberatorio que si se hubieran realizado a los titulares de los Bonos segregables. Por último, se establece que las entidades gestoras son responsables de practicar e ingresar las retenciones correspondientes en caso de transmisión o reembolso de estos valores.

La norma no está derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden
Fecha de la disposición
1997-06-19
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 147, 1997-06-20
Entrada en vigor
1997-06-20
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
4
Identificador BOE
BOE-A-1997-13383
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 2, apartado d), del Real Decreto 38/1997, de 17 de enero, por el que se dispone la creación de Deuda Pública durante 1997 y enero de 1998, faculta al Ministro de Economía y Hacienda a autorizar la segregación del principal y cupones de determinadas emisiones de Deuda del Estado, así como su posterior reconstitución, a efectos de su negociación en los mercados secundarios.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (6)

Normas a las que afecta (6)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor BOE-A-1997-13383?
BOE-A-1997-13383 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1997-13383?
El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1997-13383?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.