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LeyAutonómico Vigente

Ley 5/1989, de 4 de diciembre, de determinación de la capitalidad de los Partidos Judiciales de la Región de Murcia.

BOE-A-1990-2732 · Boletín Oficial del Estado, 1990-02-02 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Ley 5/1989 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-09.

Resumen

Esta norma regula la determinación de la capitalidad de los Partidos Judiciales en la Región de Murcia. Se aplica a todos los ciudadanos y entidades de la Región desde su promulgación el 4 de diciembre de 1989.

Los puntos clave de esta ley son: en primer lugar, establece la capitalidad de once Partidos Judiciales, asignando a cada uno un municipio específico como capital; por ejemplo, Caravaca de la Cruz, Cartagena y Murcia, entre otros. En segundo lugar, la ley responde a la necesidad de adaptar la demarcación judicial a la nueva organización territorial establecida por la Ley 38/1988, que amplía el número de Partidos Judiciales de siete a once. Además, se justifica la elección de las capitalidades en función de criterios como la población y la existencia de Juzgados de Distrito en los municipios designados. Esta norma no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 5/1989
Fecha de la disposición
1989-12-04
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 29, 1990-02-02
Entrada en vigor
1989-12-25
Departamento
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-03-09
Artículos
1
Identificador BOE
BOE-A-1990-2732
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 5/1989, de 4 de diciembre, de determinación de la capitalidad de Partidos Judiciales de la Región de Murcia.

Por consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.2 del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 5/1989?
Ley 5/1989 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-09.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/1989?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.