El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente 2 redacciones

Vigesimoprimero. Devolución a iniciativa del perceptor.

Vigesimoprimero de la Orden TMD/101/2025, de 31 de enero, para la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y diputaciones provinciales para financiar obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de la red viaria de titularidad provincial, de los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, al amparo del artículo 5 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre. · BOE-A-2025-1942

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-10.

Texto consolidado

La entidad beneficiaria podrá proceder, previa resolución de su representante legal, a la devolución voluntaria de la subvención percibida a favor del Tesoro Público.

La devolución se deberá efectuar utilizando el documento de ingreso que les proporcionará la Oficina de Coordinación e Impulso de la Ejecución de las Ayudas.

Cuando esta se produzca, la citada Oficina calculará los intereses de demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte de la entidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-10.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-605.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Orden TMD/101/2025

En El Vínculo puedes leer Orden TMD/101/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.