Vigesimoctavo. Instrucciones de cumplimiento.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-10.
Texto consolidado
Se autoriza al Comisionado para, mediante resolución, aprobar cuantas instrucciones sean precisas para el cumplimiento de lo establecido en esta orden. Las instrucciones se publicarán en el portal de internet del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y, en su caso, en el “Boletín Oficial del Estado”, cuando se aprecie interés público en ello por el Comisionado.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-605.
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