Vigésimo segundo. Solicitudes de subvención. Lugar y plazo de presentación.
Vigésimo segundo de la Orden APU/293/2006, de 31 de enero, de desarrollo y aplicación del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades locales. · BOE-A-2006-2305
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-12.
Texto consolidado
1. Las solicitudes de subvención se dirigirán a la Dirección General de Modernización Administrativa, del Ministerio de Administraciones Públicas, junto con su documentación complementaria y los informes preceptivos, y se presentarán en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 2 del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado.
2. Las solicitudes se presentarán antes del día 1 de abril del ejercicio en el que se solicita la subvención.
3. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la presente Orden Ministerial, se requerirá al interesado para que subsane la misma, o acompañe los documentos preceptivos, en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. La Dirección General de Modernización Administrativa pondrá a disposición de las entidades locales, y a efectos puramente informativos, una página web en la que será posible obtener los modelos de documentación complementaria a adjuntar, así como registrarse, de cara a acceder a información sobre la presente línea de ayuda.
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- → Vigésimo tercero. Documentación complementaria e informes que deben acompañar a la solicitud de subvención.
- Ver la norma completa: Orden APU/293/2006, de 31 de enero, de desarrollo y aplicación del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades locales.