Vigésimo. Inspectores-Jefes de distrito.
Vigésimo de la Orden de 29 de febrero de 1996 por la que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación. · BOE-A-1996-4947
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-09-01.
Texto consolidado
1. Al frente de cada uno de los distritos de Inspección habrá un Inspector-Jefe de distrito, designado por el Director provincial, a propuesta del Inspector-Jefe provincial, de entre los inspectores destinados en el mismo.
2. El Inspector-Jefe del distrito es el encargado de organizar y coordinar el trabajo de los inspectores de su distrito y de alcanzar un tratamiento homogéneo e integrado de los centros y servicios educativos de su distrito.