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Orden Derogada

Vigésimo cuarto. Delegación de competencias en órganos dependientes de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Vigésimo cuarto de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. · BOE-A-2021-7045

Atención: Orden ISM/419/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se aprueba la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Migraciones en la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, de la competencia para la aprobación, el compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de ordenación de pagos, no atribuidas ni delegadas en otros órganos, que se tramiten con cargo al capítulo I de los presupuestos del servicio «Secretaría de Estado de Migraciones», hasta la cuantía del importe del crédito que tengan consignado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-30.

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