Vigésimo cuarto. Delegación de competencias en órganos dependientes de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Vigésimo cuarto de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. · BOE-A-2021-7045
Atención: Orden ISM/419/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Migraciones en la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, de la competencia para la aprobación, el compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de ordenación de pagos, no atribuidas ni delegadas en otros órganos, que se tramiten con cargo al capítulo I de los presupuestos del servicio «Secretaría de Estado de Migraciones», hasta la cuantía del importe del crédito que tengan consignado.
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