V. Régimen transitorio.–Instrucciones especiales respecto de la contratación del ejercicio 2008.
Atención: BOE-A-2009-6071 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La remisión a este Tribunal de la documentación e información relativas a la contratación celebrada por los entes, organismos y entidades del Sector público durante el ejercicio 2008, en el que han regido sucesivamente el TRLCAP y, a partir del 30 de abril, la LCSP, deberá ajustarse a las siguientes instrucciones complementarias:
V.1 Relaciones certificadas de la contratación celebrada durante el ejercicio 2008.
Los órganos de contratación deberán enviar una relación comprensiva de los contratos adjudicados en el año 2008 o, en su caso, complementaria de la ya enviada en cumplimiento de la anterior Instrucción de este Tribunal de Cuentas, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Instrucción en el Boletín Oficial del Estado.
V.2 Extractos de los contratos adjudicados durante el ejercicio 2008.
Los extractos de los contratos adjudicados durante el ejercicio 2008, que no hayan sido ya remitidos al Tribunal de Cuentas, se integrarán con los documentos especificados en la Instrucción General aprobada el 30 de marzo del año 2005 o en la presente, según haya resultado aplicable, a sus respectivos expedientes de contratación o a los propios contratos, o bien el TRLCAP o bien la nueva LCSP, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición transitoria primera y, en su caso, en la Disposición transitoria séptima, de esta última norma legal.
Más artículos de BOE-A-2009-6071
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- → VI. Remisión de la documentación
- Ver la norma completa: Resolución de 6 de abril de 2009, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se hace público el Acuerdo del Pleno de 26 de marzo de 2009, que aprueba la Instrucción General relativa a la remisión al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos y convenios celebrados por las Entidades del Sector Público Estatal y Autonómico.