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V-24 VEHÍCULO DE SERVICIO DE AUXILIO EN VÍAS PÚBLICAS

V-24 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. · BOE-A-1999-1826

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-22.

Texto consolidado

La señal V-24 estará constituida por los siguientes elementos:

a) Una placa en el vehículo de auxilio ubicada en la parte frontal o posterior del mismo, según la configuración del vehículo. Será de material plástico o metálico de alta resistencia según el diseño y características que se indican a continuación:

Placa de vehículo de servicio de auxilio en vías públicas

LÁMINA REFLECTANTE

Color Blanco NIVEL II

MATERIAL DEL SUSTRATO

Placa Soporte: Plancha de aluminio de 1,4 mm

Aleación 1200 H14 y/o H24

Se autoriza cualquier otro material que presente características mecánicas o físicas equivalentes, teniendo en cuenta su estabilidad temporal

CARACTERES Y TINTAS

Tipo de tinta: Negro mate y Azul mate

BORDÓN

Exteriormente a la superficie reflectante y en todo su contorno, las placas llevarán un reborde (bordón) según la figura 1

b) Opcionalmente, una señal acústica a través de un aparato emisor de señales acústicas especiales. El sonido y tono de la señal acústica será por defecto tritonal discontinua tipo bip-bip-bip.

Los aparatos emisores de señales acústicas deberán cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Se modifican las dimensiones de la señal y se sustituye la imagen de la letra a), con efectos de 22 de diciembre de 2022, por la disposición final primera.4 del Real Decreto 1030/2022, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21683

Téngase en cuenta que se podrá seguir utilizando la señal V-24 anterior a esta modificación durante el plazo de un año desde la entrada en vigor del Real Decreto citado, según establece su disposición transitoria primera.

Se modifica, con efectos de 1 de julio de 2021, por la disposición final 2.6 del Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo. Ref. BOE-A-2021-4194#df-2

Téngase en cuenta la disposición transitoria segunda del citado Real Decreto, en cuanto al uso como señal V-24 «Grúa de servicio de auxilio en vías públicas» con las características anteriores a la entrada en vigor del mismo, que se podrán seguir utilizando durante el plazo de un año desde esa fecha.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-22.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-21683.

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