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Orden Derogada

Undécimo. Formadores y psicólogos-formadores.

Undécimo de la Orden INT/2596/2005, de 28 de julio, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción. · BOE-A-2005-13723

Atención: Orden INT/2596/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los cursos de sensibilización y reeducación vial serán impartidos por formadores y psicólogos-formadores.

Para obtener el título de formador, serán necesarios los siguientes requisitos:

Haber obtenido el certificado de Profesor de Formación Vial.

Tres años de experiencia en la formación de conductores.

Haber realizado con aprovechamiento el curso de formación que se disponga a tal fin, cuyo contenido dotará a los formadores de los conocimientos teóricos y metodológicos necesarios para impartir los cursos de sensibilización y reeducación vial.

Para obtener el título de psicólogo-formador será necesario haber obtenido el título de Licenciado en Psicología y haber realizado con aprovechamiento el curso de formación que se disponga a tal fin, cuyo contenido proporcionará los mínimos conocimientos teóricos y metodológicos necesarios para intervenir en los cursos de sensibilización y reeducación vial.

Los cursos de formadores y de psicólogos-formadores de cursos de sensibilización y reeducación vial se realizarán por la Dirección General de Tráfico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-08-30.

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