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Orden Vigente

Undécimo. Lugar y forma de presentación de los modelos 180, en pesetas o en euros, en papel impreso.

Undécimo de la Orden de 20 de noviembre de 2000 por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática. · BOE-A-2000-21430

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

Texto consolidado

Uno. La presentación por medio de papel impreso de los resúmenes anuales de retenciones e ingresos a cuenta, modelos 180, en pesetas o en euros, se realizará en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del domicilio fiscal del declarante.

La presentación se efectuará, directamente o por correo certificado, utilizando el sobre anual que corresponda de los que se relacionan en las letras c) y d) del número uno del apartado octavo de la presente Orden, en el cual se habrá introducido previamente la siguiente documentación:

a) El «ejemplar para la Administración» de la hoja-resumen del modelo 180 en pesetas o en euros, debidamente cumplimentada.

b) Los «ejemplares para la Administración» de las hojas interiores del modelo 180 en pesetas o en euros conteniendo la relación de perceptores.

Dos. Además, la presentación en papel impreso de los modelos 180 en pesetas o en euros también podrá realizarse a través de cualquiera de las entidades colaboradoras autorizadas de la provincia donde radique el domicilio fiscal del declarante, conjuntamente con la declaración-documento de ingreso de retenciones e ingresos a cuenta, modelo 115 en pesetas o en euros, respectivamente, correspondiente al último periodo del año, siempre que el ingreso se efectúe en la mencionada entidad.

A estos efectos, las entidades colaboradoras sólo admitirán la presentación del resumen anual de retenciones o ingresos a cuenta, modelo 180 en pesetas o en euros, cuando a éstos se acompañe el documento de ingreso, modelo 115, en pesetas o en euros, respectivamente, relativo al último periodo del año a que dicho resumen anual se refiera.

Efectuado el ingreso del modelo 115, en pesetas o en euros, del último periodo, se introducirá en el sobre anual la documentación a que se refieren las letras a) y b) del número uno anterior. Una vez cerrado dicho sobre, podrá depositarse en la entidad colaboradora, que lo hará llegar al órgano administrativo correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

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