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Resolución Vigente

Trigésimo. Criterios de Reparto de Objetos de coste (centros / actividades) de Nivel Superior a Objetos de coste (centros/actividades) de Último Nivel.

Trigésimo de la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales del Plan General de Contabilidad Pública. · BOE-A-2011-13514

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-07.

Texto consolidado

Los costes que se hayan asignado a los centros y actividades de nivel superior se asignarán a los centros y actividades de último nivel de acuerdo con las siguientes reglas:

1. No se efectuarán repartos «en cascada» (pasando por los distintos posibles niveles), sino directamente desde el centro/actividad al que se le haya asignado el coste hasta el último nivel de centros/actividad que exista dentro de su rama.

2. El criterio de reparto podrá ser distinto para cada centro de coste/actividad de nivel superior.

3. El criterio de reparto se aplicará a todos los costes o bien se podrá discriminar por elementos.

4. El coste del centro/actividad de nivel superior se podrá asignar a todos los centros/actividades de último nivel dependientes o sólo a algunos.

5. Se procurará, en la medida de lo posible, que en el caso de que la imputación se efectúe elemento a elemento, los criterios utilizados sean similares a los señalados en los Apartados Vigésimo octavo o Vigésimo noveno según se trate de centros o actividades.

6. En caso de que no existan criterios que permitan una mejor relación causal para la asignación de costes entre los centros/actividades de nivel superior y los de último nivel se optará por una de estas tres posibilidades:

6.1 Criterio basado en los porcentajes que determine el responsable del centro de nivel superior o que realiza la actividad de Nivel Superior cuando éste sea capaz de justificarlo adecuadamente ante agentes externos. Si esto no fuera posible, se utilizarán los criterios 6.2 ó 6.3.

6.2 Criterio basado en el número de personas equivalentes que trabajan para cada centro/actividad de último nivel dependiente.

6.3 Criterio basado en el coste ya asociado a cada centro/actividad de último nivel dependiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-07.

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