Tercero. Publicidad.
Tercero del Real Decreto 690/2023, de 18 de julio, por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña. · BOE-A-2023-16875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-22.
Texto consolidado
1. Dado el carácter público de los planes hidrológicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 40.4 del texto refundido de la Ley de Aguas, cualquier persona podrá consultar el contenido íntegro del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña a través del portal web de la Agencia Catalana del Agua (https://aca.gencat.cat/es/plans-i-programes/pla-de-gestio/3r-cicle-de-planificacio-2022-2027/); sin perjuicio de la publicación de la parte normativa del plan en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña».
2. Se podrán obtener copias o certificados de los contenidos de este plan hidrológico y acceder a su contenido en los términos previstos en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, así como en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.