Tercero.
Tercero de la Orden de 7 de marzo de 2000 por la que se precisa la determinación del ámbito de aplicación de la Orden de 18 de marzo de 1998, sobre pruebas de capacitación para obtener licencias de armas. · BOE-A-2000-4607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-03-11.
Texto consolidado
También quedan exentos de la realización de las pruebas reguladas en la Orden de 18 de marzo de 1998, cuando soliciten autorizaciones para uso de armas, las personas que hubieran superado dichas pruebas:
Al obtener anteriores autorizaciones especiales, con base en lo dispuesto en los artículos 109 y 110 del Reglamento de Armas.
Al obtener anteriormente licencias de armas, como residentes en España, si posteriormente hubieran pasado a residir fuera de España.