Tercero.
Tercero de la Orden de 5 de noviembre de 1981 por la que se aprueba la norma de calidad para el lomo adobado de cerdo. · BOE-A-1981-25913
Atención: BOE-A-1981-25913 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Orden entrará en vigor, en todo el territorio nacional, al mes de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y a los seis meses en cuanto al etiquetado. Mientras tanto, tendrá el carácter de norma recomendada.