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Instrucción Vigente

Tercero.

Tercero de la Instrucción de 11 de marzo de 1985, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la prueba del estado civil de los refugiados y otros extranjeros domiciliados en España. · BOE-A-1985-6024

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-04-17.

Texto consolidado

La anterior doctrina también será aplicable a los hechos relativos al estado civil de un extranjero domiciliado en España, especialmente si es asilado apátrida o de nacionalidad indeterminada, en tanto no pueda conseguir por fuerza mayor en el país respectivo las pruebas normalmente acreditativas de tales hechos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-04-17.

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