Tercera. Finalidad de los planes de estudios.
Tercera del Real Decreto 634/2013, de 2 de agosto, por el que se aprueban las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2013-9247
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-03.
Texto consolidado
Los planes de estudios tendrán como finalidad:
a) Proporcionar al alumno la capacitación profesional necesaria para el desempeño de los cometidos y el ejercicio de las facultades que le serán encomendadas al incorporarse a su escala.
b) Integrar las enseñanzas teóricas y prácticas de carácter profesional con la formación humana necesaria para el desempeño de las funciones asignadas al Cuerpo de la Guardia Civil, y de acuerdo con los principios básicos de actuación contenidos en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
c) Dar cumplimiento a lo establecido en la disposición transitoria única del Real Decreto 1959/2009, de 18 de diciembre, por el que se crea el Centro Universitario de la Guardia Civil.
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