Cuarta. Criterios a los que deben ajustarse los planes de estudios.
Cuarta del Real Decreto 634/2013, de 2 de agosto, por el que se aprueban las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2013-9247
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-03.
Texto consolidado
Los planes de estudios objeto de esta disposición se elaborarán conforme a los siguientes criterios:
a) Garantizar la completa formación humana y el pleno desarrollo de la personalidad.
b) Fomentar los principios básicos y valores constitucionales, contemplando la pluralidad cultural de España.
c) Promover los principios básicos de actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y las virtudes contenidas en la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, aprobadas por el Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, en lo que sean de aplicación a la Guardia Civil, y en las normas propias del Cuerpo.
d) Proporcionar la formación requerida para el ejercicio profesional en la Escala Superior de Oficiales.
e) Integrar la enseñanza militar, la de Fuerza y Cuerpo de Seguridad y la correspondiente a un título de grado del sistema educativo general, ponderándolas según las necesidades profesionales.
f) Combinar, en la medida adecuada, las enseñanzas teóricas y prácticas.
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