Sexto.
Sexto de la Resolución 4B0/38020/2006, de 21 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre delegación de competencias en el ámbito del organismo. · BOE-A-2006-4146
Atención: Resolución 4B0/38020/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se delega en los Delegados Regionales y Especiales, en relación con los colectivos que les correspondan y en el ámbito del Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, el ejercicio de las siguientes competencias:
a) Resolver los procedimientos de concesión y, en caso de aprobación, autorizar y disponer el gasto, reconocer la obligación y ordenar el pago de las siguientes prestaciones:
a) Reintegro de los gastos ocasionados por asistencia prestada por facultativo ajeno.
b) Las ayudas económicas:
Por estancia en centro de día.
Por estancia en residencias asistidas.
Las extraordinarias previstas en el apartado II.Primera.2.3.3. de la Instrucción 163/2005, de 19 de octubre, previo informe de la Subdirección de Prestaciones.
La suplementaria por transporte sanitario.
b) Resolver los procedimientos de concesión de las siguientes prestaciones:
a) Ayuda económica por asistencia a domicilio.
b) Servicio de teleasistencia.
c) Autorizar y disponer el gasto, reconocer la obligación y ordenar el pago de la Ayuda económica por estancia en residencia geriátrica, como prestación a extinguir.