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Orden Vigente

Sexto. Interpretación.

Sexto de la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España. · BOE-A-2007-9608

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-12.

Texto consolidado

Bajo la dirección de la Secretaría de Estado de Seguridad, se encomienda la interpretación, con carácter general, de las normas contenidas en la presente Orden y en las instrucciones que la desarrollen, a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, Comisaría General de Extranjería y Documentación, con objeto de conseguir la unidad de criterio en la aplicación de las mismas, por parte de las distintas autoridades y servicios periféricos competentes del Ministerio del Interior y, en definitiva, la coordinación operativa en el control de entradas, tránsitos y salidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-12.

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