Sexto. Competencia sancionadora.
Sexto de la Orden INT/703/2006, de 3 de marzo, por la que se dictan instrucciones para la adquisición de material explosivo y cartuchería metálica por parte de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales. · BOE-A-2006-4687
Atención: Orden INT/703/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, las autoridades y mandos de quien dependa el personal a que se refieren los apartados primero, segundo y tercero de esta Orden, serán competentes para sancionar, de acuerdo con las respectivas normas reglamentarias, las infracciones que se cometan por dicho personal contra lo dispuesto en la presente Orden, dando cuenta de las sanciones que impongan a la Dirección General de la Guardia Civil.
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