Sexto. Activación del voluntariado de protección civil.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-15.
Texto consolidado
Por los órganos competentes de cada Comunidad y Ciudad con Estatuto de Autonomía se adoptarán las medidas necesarias para la activación de los voluntarios de protección civil, informando al CENEM del número de efectivos movilizados.
Más artículos de Orden INT/228/2020
- ← Quinto. Comunicación y avisos a la población.
- → Séptimo. Publicación y entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Orden INT/228/2020, de 15 de marzo, por la que se establecen criterios de aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito del Sistema Nacional de Protección Civil.