Sexto. Duración del mandato.
Sexto de la Orden DSA/1009/2021, de 22 de septiembre, por la que se crea el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia. · BOE-A-2021-15582
Atención: Orden DSA/1009/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se realizará una renovación de las niñas, niños y adolescentes miembros del Consejo de Participación, en sus diferentes órganos, cada dos años. La duración máxima del mandato de cada representante no podrá exceder de 4 años.
2. En el caso de que una de las personas miembro del Consejo de Participación haya cumplido 18 años durante su mandato no podrá optar a renovarlo por otro período de dos años hasta el máximo de 4.