Sexto. Requisitos para el acceso.
Sexto de la Orden de 29 de febrero de 1996 por la que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación. · BOE-A-1996-4947
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-03-03.
Texto consolidado
Para poder participar en el procedimiento de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación deberán reunirse los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a alguno de los Cuerpos que integran la función pública docente.
b) Acreditar una experiencia mínima de diez años como docente en cualquiera de los centros y niveles que integran el sistema educativo, bien sean públicos o privados. Se entenderá por experiencia docente el ejercicio directo de la enseñanza, incluido el desempeño de cargos directivos, y el ejercicio de actividades en servicios directamente ligados a la docencia.
c) Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.