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Orden Vigente

Quinto. Otras tareas.

Quinto de la Orden de 29 de febrero de 1996 por la que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación. · BOE-A-1996-4947

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-03-03.

Texto consolidado

1. Los Inspectores de Educación podrán ser designados para formar parte de Comisiones, Juntas y Tribunales, especialmente las relacionadas con la formación inicial y el acceso a los Cuerpos y especialidades docentes, las pruebas externas de obtención de títulos, y el acceso a ciclos formativos y a la Universidad.

2. Asimismo, los Inspectores de Educación podrán llevar a cabo cualquier otra tarea que se les encomiende en la Administración educativa, de acuerdo con las normas en vigor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-03-03.

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