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Instrucción Derogada

Sexta.

Sexta de la Instrucción de 10 de febrero de 1993, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la inscripción en el Registro Civil de determinados matrimonios celebrados en forma religiosa. · BOE-A-1993-5136

Atención: BOE-A-1993-5136 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Tratándose de matrimonios celebrados en la forma religiosa islámica, si excepcionalmente los interesados prescinden bajo su responsabilidad del trámite previo de expedición del certificado de capacidad matrimonial, la calificación, con vistas a su inscripción, de la certificación del matrimonio celebrado habrá de abarcar no sólo los requisitos formales de esta certificación sino también la concurrencia de todos los requisitos de fondo exigidos para la validez civil del matrimonio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-02-24.

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