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Resolución Derogada

Séptimo. Ámbito competencial de las Delegaciones de la Agencia Tributaria.

Séptimo de la Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. · BOE-A-2004-16708

Atención: BOE-A-2004-16708 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las Delegaciones de la Agencia Tributaria ejercerán sus funciones respecto de las unidades administrativas regionales y servicios ubicados en el territorio de la provincia en la que tengan su sede. Además ejercerán la dirección y gestión del personal destinado en dichas Delegaciones, aun cuando el citado personal esté integrado en unidades administrativas regionales ubicadas en otra Delegación de la Agencia Tributaria. No obstante, la dirección del personal del Área Operativa de Vigilancia Aduanera que realice operaciones que se extiendan más allá del ámbito de la propia Delegación corresponderá al Delegado Especial. Todo ello, salvo en los casos a los que se refiere el número 2 de este apartado.

2. Las Delegaciones de la Agencia Tributaria con sede en localidades que no sean capitales de provincia ejercerán sus funciones respecto de las unidades administrativas regionales y servicios ubicados en la demarcación territorial que tengan asignada. Además ejercerán la dirección y gestión del personal destinado en dichas Delegaciones, aun cuando el citado personal esté integrado en unidades administrativas regionales ubicadas en otra Delegación de la Agencia Tributaria. No obstante, la dirección del personal del Área Operativa de Vigilancia Aduanera que realice operaciones que se extiendan más allá del ámbito de la propia Delegación corresponderá al Delegado Especial.

3. Las Delegaciones de la Agencia Tributaria se recogen en el anexo 1 de esta Resolución, con indicación del lugar de su sede.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-09-30.

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