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Resolución Vigente

Séptimo.

Séptimo de la Resolución de 19 de octubre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se dictan instrucciones para la ejecución de la Orden del Ministerio del Interior de 18 de marzo de 1998, por la que se regulan las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas y los requisitos para la habilitación de entidades dedicadas a la enseñanza correspondiente. · BOE-A-1998-27988

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.

Texto consolidado

El Jefe de la Comandancia, a propuesta del Interventor de Armas y Explosivos de la misma, establecerá para cada convocatoria el contenido concreto de las pruebas teóricas a realizar por los solicitantes de las licencias, y que consistirá en un conjunto de 20 preguntas, relativas al programa determinado en el anexo I, de tipo test, con tres respuestas por pregunta, de las que sólo una será la correcta.

La evaluación de esta prueba será positiva si el interesado ha contestado correctamente al menos 16 de las 20 preguntas de que conste el ejercicio. El resultado se consignará en el acta de la prueba, que a tal fin se redactará por cada convocatoria y se hará público en el lugar de realización de las pruebas y en la cabecera de la Comandancia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-01.

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