Séptimo. Habilitación a la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-11.
Texto consolidado
Mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, podrán modificarse las relaciones de estaciones de servicio publicadas en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, circunstancia que deberá ser notificada al titular de la estación de servicio que se incorpore o se excluya de las mismas.
Más artículos de Orden SND/337/2020
- ← Sexto. Desarrollo y ejecución.
- → Octavo. Vigencia.
- Ver la norma completa: Orden SND/337/2020, de 9 de abril, por la que se establecen las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los servicios esenciales para la distribución al por menor de carburantes y combustibles en estaciones de servicio y postes marítimos, como consecuencia de la declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.