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Orden Derogada

Séptimo. Convalidaciones acreditando títulos declarados homologados o equivalentes a efectos académicos.

Séptimo de la Orden ECI/3224/2004, de 21 de septiembre, por la que se establecen convalidaciones a efectos académicos entre determinadas enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales en el ámbito de la actividad física y del deporte con las correspondientes del bloque común de Técnicos Deportivos establecidas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre. · BOE-A-2004-17359

Atención: Orden ECI/3224/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las enseñanzas de cualquier título que haya sido declarado homologado o equivalente a efectos académicos con alguno de los que figuran en los apartados segundo a sexto de esta Orden podrán obtener las mismas convalidaciones que se especifican para el caso en el correspondiente anexo, sea cual fuere la denominación de sus módulos, materias o asignaturas.

La aplicación del criterio de convalidación que se establece en el párrafo anterior exigirá que se hayan superado la totalidad de las enseñanzas del título declarado homologado o equivalente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-10-09.

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