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Resolución Vigente

Segundo.

Segundo de la Resolución de 8 de marzo de 1991, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se fija la cuantía del componente por méritos docentes correspondientes a los servicios prestados en el desempeño de cargos académicos y situaciones administrativas análogas y por la que se contemplan normas de procedimiento para la evaluación investigadora de los Profesores en las anteriores circunstancias. · BOE-A-1991-6924

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-04-04.

Texto consolidado

Los periodos completos de cinco años, definidos en el articulo 2.º, 3, c) del mencionado Real Decreto 1086/1989, en los que un Profesor universitario se encontrase prestando servicios en alguno de los supuestos contenidos en el número primero de la presente Resolución, serán contabilizados a efectos de la asignación del componente por méritos docentes como equivalentes a actividad docente realizada en régimen de dedicación a tiempo completo evaluada positivamente.

La asignación del componente por méritos docentes, en el caso en que los servicios aludidos hubiesen sido prestados en un periodo de tiempo inferior a un quinquenio, exigirá la evaluación positiva de la actividad docente en el periodo restante de normal actividad académica del interesado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-04-04.

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