Segundo. Periodo de entrega.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-04.
Texto consolidado
El periodo de entrega de los productos a subastar será el periodo temporal comprendido ente el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2020, ambos incluidos.
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- Ver la norma completa: Resolución de 2 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el calendario y las características del procedimiento competitivo de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpiblidad regulado en la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, para el periodo de entrega comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2020.