Segundo. Certificados de revisión de los botiquines preceptivos a bordo.
Segundo de la Resolución de 16 de marzo de 2020, del Instituto Social de la Marina, por la que se adoptan determinadas medidas, con motivo del COVID-19, en relación con las prestaciones y servicios específicos para el sector marítimo-pesquero. · BOE-A-2020-3866
Atención: BOE-A-2020-3866 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La validez de los certificados de revisión de los botiquines preceptivos a bordo, se considerará prorrogada por un período máximo de cinco meses a contar desde la fecha de caducidad del anterior certificado.
En los supuestos en que se haya emitido previamente, por parte del Instituto Social de la Marina, una prórroga de la validez de dichos certificados, se considerará ampliada la validez de dicha prórroga por un periodo máximo de cinco meses a contar desde la fecha hasta la que se hubiera prorrogado anteriormente.
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