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Resolución Vigente

Segundo. Delegación de competencias en la Subdirección Económico-Financiera.

Segundo de la Resolución 4B0/38106/2019, de 11 de abril, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre delegación de competencias. · BOE-A-2019-5977

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.

Texto consolidado

Se delega en la persona titular de la Subdirección Económico-Financiera el ejercicio de las siguientes competencias:

1. Aprobar y comprometer los gastos, reconocer las obligaciones y ordenar los pagos cuya competencia no esté atribuida a otros órganos del Instituto, salvo lo previsto en el apartado cuarto.

2. Aprobar las nóminas y las cuentas justificativas de los gastos, a excepción de lo previsto respecto de la justificación de la aplicación de fondos librados a la cuenta única de prestaciones en la Orden DEF/1287/2018, de 27 de noviembre, por la que se establecen las normas sobre gastos, pagos, intervención y contabilidad del Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

3. La modificación de asignación de dotaciones de anticipo de caja fija.

4. Autorizar la expedición de libramientos a justificar, salvo lo dispuesto en relación con la dotación de fondos a la cuenta única de prestaciones conforme a la normativa reguladora de su régimen de funcionamiento.

5. El reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos.

6. La autorización y ordenación de pagos no presupuestarios.

7. Expedir los documentos contables que procedan en cada caso.

8. Las actuaciones vinculadas a la gestión económica que no estén expresamente delegadas en otros órganos del Instituto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-23.

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