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Orden Vigencia agotada

Segundo. Recuperación de las condiciones establecidas en las obligaciones de servicio público.

Segundo de la Orden TMA/677/2020, de 20 de julio, por la que se modifican temporalmente las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2018, por el que se declaran obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona. · BOE-A-2020-8377

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-23.

Texto consolidado

1. Las condiciones de operación de las rutas, en particular el ritmo de recuperación de la demanda y la adecuación de los servicios, serán analizados periódicamente en la Comisión Mixta prevista en el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 23 de febrero de 2018, pudiendo acordarse en su seno proponer la modificación de las condiciones de operación de acuerdo al apartado 2.

2. Atendiendo a la evolución de la demanda, al interés público y a las propuestas que realice la Comisión Mixta, se procederá a revertir los cambios introducidos en esta orden o a fijar nuevas condiciones de operación conforme a lo establecido en el artículo 95 de la Ley 2/2011, del 4 de marzo de 2011, de Economía Sostenible, y, en su caso, en la disposición adicional primera de la Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-23.

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