Segundo. Mantenimiento de existencias estratégicas de productos petrolíferos por la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos desde el 1 de abril de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Segundo de la Orden TED/256/2021, de 3 de marzo, por la que se incrementan temporalmente las existencias estratégicas de hidrocarburos líquidos de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos. · BOE-A-2021-4365
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-01.
Texto consolidado
Desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2021, ambos inclusive, las existencias estratégicas de hidrocarburos líquidos a constituir, gestionar y mantener por CORES, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 14 del Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, respecto a los grupos de productos recogidos en el artículo 9, serán:
– 50 días de ventas o consumos en el año natural anterior, en el grupo de gasolinas auto y aviación.
– 50 días de ventas o consumos en el año natural anterior, en el grupo de gasóleos de automoción, otros gasóleos, querosenos de aviación y otros querosenos.
– 50 días de ventas o consumos en el año natural anterior, en el grupo de fuelóleos.
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