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Orden Vigencia agotada 2 redacciones

Segundo. Países de alto riesgo.

Segundo de la Orden SND/1309/2021, de 26 de noviembre, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2021-19644

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-13.

Texto consolidado

En base a su evolución epidemiológica, se consideran como países de alto riesgo los siguientes:

– República de Botsuana.

– Reino de Eswatini.

– Reino de Lesotho.

– República de Malawi.

– República de Mozambique.

– República de Namibia.

– República de Sudáfrica.

– República de Zambia.

– República de Zimbabue.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-13.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-20372.

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