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Orden Vigente

Segundo. Definición de contratación pública ecológica.

Segundo de la Orden PCI/86/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025). · BOE-A-2019-1394

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-04.

Texto consolidado

Se entiende por contratación pública ecológica el proceso a través del cual las autoridades adquieren bienes, obras y servicios con un impacto medioambiental reducido durante su ciclo de vida, en comparación con el de otros bienes, obras y servicios con la misma función primaria que se adquirirían en su lugar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-04.

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