Segundo. Competencias para la expedición y gestión del carné profesional.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-29.
Texto consolidado
Será competencia de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil la expedición de los carnés profesionales a que se refiere el apartado anterior, así como el ejercicio de las funciones relativas a la gestión, desarrollo y administración de todos aquellos aspectos referentes a la confección y control de los mismos.
También serán ejercidas por el Órgano Directivo mencionado en el párrafo anterior las competencias relativas a la emisión de los certificados para la realización de las funciones de firma electrónica y cifrado referidas en el apartado anterior, así como la custodia y responsabilidad de los archivos y ficheros automatizados o no relacionados con el mencionado carné profesional.
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- Ver la norma completa: Orden INT/761/2007, de 20 de marzo, por la que se aprueba el nuevo modelo de carné profesional de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía y otros documentos identificativos para determinado personal que presta sus servicios en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.