Segundo.
Segundo de la Orden de 21 de marzo de 1991 por la que se regula el proceso de reclamación administrativa en período electoral. · BOE-A-1991-7552
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-26.
Texto consolidado
Las reclamaciones habrán de ser presentadas por el interesado en el Ayuntamiento sobre cuyas listas se produce la reclamación o bien en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente.