Segundo.
Segundo de la Orden de 10 de marzo de 1990 por la que se regulan los títulos administrativos de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, el Registro de Personal de la Dirección General de la Policía y su coordinación con el Registro Central de Personal. · BOE-A-1990-6397
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-04-03.
Texto consolidado
Los títulos administrativos de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, que serán expedidos por el Director general de la Policía, se ajustarán a los modelos que figuran como anexo I de la presente Orden y las diligencias en las que se recojan los actos que afecten a su vida administrativa se formalizarán de conformidad con las necesidades y peculiaridades del colectivo policial.
El cambio de categoría o de escala de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía supondrá la expedición de un nuevo título en el que conste la categoría y, en su caso, la escala a la que se accede.