Segundo.
Segundo de la Orden de 10 de marzo de 1988 sobre suministro de combustible de uso en aviación civil. · BOE-A-1988-7029
Atención: BOE-A-1988-7029 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las Compañías suministradoras deberán, para hacer frente a las responsabilidades descritas en el punto primero de la presente Orden, imponer el estricto cumplimiento de sus normas internas en lo relativo a regulaciones operativas, de control de calidad y de equipos de que estén dotadas sus instalaciones aeroportuarias.