Segundo.
Segundo de la Orden APA/609/2007, de 26 de febrero, por la que se designan los puertos de desembarque de determinadas capturas realizadas con volantas de fondo en ciertas zonas del Consejo Internacional de Exploración del Mar. · BOE-A-2007-5564
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-16.
Texto consolidado
Facultar al Secretario General de Pesca Marítima para dictar las resoluciones y adoptar las medidas necesarias para la aplicación de la presente disposición y, en particular, para modificar la lista de puertos designados que figuran en el anexo.