Segunda.
Segunda de la Orden de 2 de abril de 1984 sobre colaboración de las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo en la gestión de la Seguridad Social. · BOE-A-1984-8735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-02.
Texto consolidado
En tanto no se apruebe la nueva escala para el cómputo de gastos de administración a que se refiere el artículo 14 de la presente Orden, continuará siendo de aplicación la aprobada por la Orden ministerial de 8 de mayo de 1977.